lunes, 24 de marzo de 2014

texto 8. NORMATIVAS

Las normativas con la que me he “enredado” para el proyecto de la casa de María Langarita es la referente al camuflaje al que propongo someter a dicha vivienda. Camuflaje que realizaríamos con una pantalla que podría servir a María como soporte publicitario, o no, todo depende de lo que nos permita la Dirección General de Coordinación y Dotación de Áreas Urbanas del Ayuntamiento de Madrid, en la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior, 2009.

Dicha ordenanza nos limita en función del tipo de soporte que vaya a albergar la publicidad. Tras investigar el edificio en cuestión, edificio Capitol de Madrid, descubrimos que se trata de un BIC (Bien de Interés Cultural), lo cual hace mas comprensible mi atracción hacia dicha edificación, pero al mismo tiempo es la “enredadera” que nos va a cambiar las sendas del proyecto.

De esta Ordenanza he seleccionado algunos artículos que pueden resultarme de ayuda. 
Artículo 1, expone el concepto publicidad exterior, idea por la que me siento atraída como factor importante para el proyecto;
Artículo 4, cataloga según el PGOUM nuestra edificación como zona 2 por ser un BIC, y zona 2.2.;
En el artículo 5 la intervención se clasificaría como de Soporte Flexible y Luminoso o Retroiluminado;
Artículo 7, regularía el horario de uso;
Artículo 9, expone que se prohíbe la publicidad en los BIC, este último nos afecta de pleno, aunque será más tarde el artículo 4, el que lo aclare.
El artículo 14: …se admite la colocación de rótulos de publicidad en la coronación de edificios en los ambiros zona 2.2, previo informe favorable de las comisiones competentes en materia de protección de patrimonio histórico…
Excepciones por las que podría encauzar el proyecto o ¿porqué no pensar en una forma de comunicación más que un cartel publicitario?, tratando de nadar entre las aguas de la legalidad y la ilegalidad hay un problema a resolver, quizá cambiando conceptos, nuestra propuesta pase de ilegal a legal.

Además es un debate que se reabre, pues hace a penas unos días fue noticia de actualidad en la ciudad de Madrid, por el cartel de Firestone que fue retirado de un edificio. Y es que las leyes que han ido limitando la publicidad en la capital se han ido sumando a lo largo de los años, leyes como la Ley 25/1988 , de 29 de Julio, en carreteras.  Es un tema que se encuentra en la palestra, y sobre el que me encantaría poder aportar una nueva visión. Por ello mis investigaciones de momento van a continuar sobre esta línea.


No hay comentarios:

Publicar un comentario